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Los cuarenta euros llegan solos — y casi nadie los reclama

30 de septiembre de 2026 · 3 min

Dos cosas del derecho español de la morosidad se aplican menos de lo que deberían, y una de ellas es automática.

Los 40 euros no hay que pedirlos

El artículo 8 de la Ley 3/2004 dice que cuando el deudor incurre en mora, el acreedor tiene derecho a cobrar «una cantidad fija de 40 euros, que se añadirá en todo caso y sin necesidad de petición expresa a la deuda principal».

Las dos últimas expresiones son las importantes. No es una indemnización que haya que solicitar, justificar ni negociar: se añade porque hubo mora.

Y además: el mismo artículo da derecho a reclamar «todos los costes de cobro debidamente acreditados» que superen esa cantidad. Los 40 euros son el suelo, no el techo.

Eso segundo no lo calculamos nosotros, y decimos por qué: exige prueba caso por caso — la carta del abogado, la gestión de cobro, lo que efectivamente pagaste. Un sistema no puede acreditar un coste que no ha visto. Reclamamos los 40 euros; lo demás es trabajo tuyo o de tu abogado.

El interés se fija por semestres

El artículo 7 define el tipo legal de demora como «la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de financiación efectuada antes del primer día del semestre natural de que se trate más ocho puntos porcentuales». El tipo se aplica durante los seis meses siguientes a su determinación, y el ministerio publica el resultado cada semestre en el BOE.

Consecuencia práctica: una deuda que cruza el 1 de enero o el 1 de julio tiene dos tipos, uno por semestre.

Por eso nuestro cálculo se niega a dar un solo número cuando el periodo cruza un límite de semestre, en lugar de aplicar un tipo a todo. Hacia qué lado erraríamos depende de lo que hiciera el BCE entre los dos semestres, y esa no es una decisión nuestra a costa de tu factura.

La misma directiva, resultados distintos

  • En Chequia el tipo se fija según el semestre en que comenzó la mora, y ahí se queda para toda la deuda. Una deuda de 2024 lleva el tipo de 2024.
  • En España, Rumanía y Hungría el tipo se aplica por semestres: la misma deuda larga lleva varios.
  • En Finlandia el tipo de referencia se redondea primero hacia arriba al medio punto, así que Finlandia e Irlanda tienen los mismos ocho puntos y cifras distintas el mismo día.
  • Y en Polonia los 40 euros se convierten a zlotys al cambio del último día hábil del mes anterior al del vencimiento — una fecha muy concreta que en España no hace falta, porque aquí la moneda ya es el euro.

Cuatro países, la misma directiva, cuatro aritméticas. Por eso lo guardamos por país y no por región.

Por qué no ponemos el tipo actual aquí

Porque envejecería. Un tipo desfasado en una reclamación no es una diferencia de redondeo: es una cantidad mal reclamada, y en el documento está tu nombre, no el nuestro. Lo consultamos cuando se crea la reclamación, y para eso necesitamos saber de qué día es el tipo — razón por la cual nuestro sistema lo exige y sin él no calcula.

Fuentes

Ley 3/2004, de 29 de diciembre, artículos 7 y 8, en la versión consolidada del BOE (BOE-A-2004-21830), leída el 27 de septiembre de 2026. Esta vez el texto está tomado directamente de la ley, no de una reproducción.